- El reparto de utilidades debe pagarse a más tardar el 30 de mayo en las empresas o el 29 de junio cuando el empleador es persona física.
Por: José Luis Rico
En el transcurso de 2026, el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo atendió a 46 personas usuarias por asuntos relacionados con reparto de utilidades, cuyo plazo termina este 29 de junio para los empleadores catalogados como personas físicas.
FUNCIÓN DE LA DEPENDENCIA
Esa dependencia de la Secretaría del Trabajo recibe solicitudes de conciliación relacionadas con el pago de esa prestación.
SIN DENUNCIAS
La dependencia informó que el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo no recibe denuncias o reportes por incumplimiento en el pago de participación de los trabajadores en las utilidades.
ETAPA PREJUDICIAL
Pero interviene en la etapa prejudicial de conciliación.
SOLICITUDES RECIBIDAS
En ese sentido recibió 46 solicitudes de usuarios por asuntos relacionados con esa prestación.
FECHAS LÍMITE
El reparto de utilidades debe pagarse a más tardar el 30 de mayo en las empresas o el 29 de junio cuando el empleador es persona física.
PLAZO CONCLUIDO
Precisamente este lunes terminó el plazo para el pago de utilidades cuando el empleador es persona física.
PLAZO PARA RECLAMAR
Esa prestación se puede reclamar en plazo de un año.

