- Con las modificaciones se protege la dignidad humana postmortem de las víctimas de feminicidio.
Por: José Luis Rico
El Congreso del estado estudia una iniciativa con proyecto de decreto que modifica el artículo 202 del Código Penal de Hidalgo para tipificar la violencia institucional y mediática en casos de feminicidio, principalmente cuando quienes participen sean servidores públicos.
SANCIONES PROPUESTAS
Con ello se castigaría con penas de prisión y multas a quienes difundan imágenes, videos o cualquier otro elemento que revictimicen a las mujeres que perdieron la vida en ese tipo de delitos, de acuerdo a la propuesta presentada por la diputada Moncerrat Hernández.
OBJETIVO DE LA REFORMA
El objetivo de la iniciativa es fortalecer el Código Penal mediante la incorporación de un tipo penal específico que sancione la divulgación, publicación, difusión o exposición de imágenes, videos, audios, datos o elementos de investigación relacionados con casos de feminicidio.
CAUSAS DE REVICITIMIZACIÓN
Eso cuando con ello se vulnera la dignidad de la víctima, se afecte la intimidad y privacidad de sus familiares o se produzca revictimización.
FILTRACIONES DIGITALES
La legisladora que presentó la iniciativa a nombre de varios de sus compañeros diputados dijo que se debe castigar la filtración de imágenes de la escena del crimen a través de plataformas digitales, redes sociales o medios de comunicación.
REFERENCIA EN OTROS ESTADOS
En otros estados como Baja California existe una regulación expresa de la violencia mediática o la violencia digital, además prevé una ruta para ordenar de manera inmediata la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de imágenes, audios subidos relacionados con la investigación de esos delitos.
PROTECCIÓN
Con las modificaciones se protege la dignidad humana postmortem de las víctimas de feminicidio, puntualizó Moncerrat Hernández.

