Renuncia de contralor deja sin materia juicio del TEEH ante Sala Superior

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  • La Sala Superior cerró la impugnación de Leodegario Hernández tras la renuncia de Jonnathan Pérez, sin resolver de fondo la disputa.

Redacción

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) puso fin a la impugnación promovida por el presidente del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, contra la designación de Jonnathan Pérez Ledezma como titular del Órgano Interno de Control.

Durante la sesión pública de este 9 de septiembre, el pleno aprobó por unanimidad el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña y determinó sobreseer el juicio SUP-JG-058/2026, debido a que la controversia quedó sin materia tras la renuncia del funcionario.

RENUNCIÓ TRAS LA POLÉMICA

Pérez Ledezma había sido designado por el Congreso de Hidalgo el pasado 29 de julio para encabezar el Órgano Interno de Control del tribunal electoral local.

La decisión generó inconformidad dentro del TEEH y, el 3 de agosto, Hernández Cortez promovió un juicio ante la Sala Superior para solicitar la revocación del nombramiento, bajo el argumento de que la intervención del Legislativo vulneraba la autonomía e independencia del organismo.

Sin embargo, EL Congreso notificó al TEPJF que Jonnathan Pérez renunció al cargo el 3 de septiembre, aproximadamente un mes después de haber sido designado.

SALA NO ENTRÓ AL FONDO

La renuncia modificó la situación jurídica que dio origen al juicio. La Sala Superior consideró que, al desaparecer el nombramiento impugnado, ya no existía un acto concreto sobre el cual pronunciarse.

Por ello, la sentencia no determinó si el Congreso vulneró o no la autonomía del TEEH, ni analizó la constitucionalidad de las disposiciones que facultan al Poder Legislativo para nombrar al responsable del órgano de control.

Hernández Cortez había insistido en que la Sala Superior emitiera un pronunciamiento sobre esas atribuciones aun después de conocerse la renuncia, pero los magistrados determinaron que no era jurídicamente viable realizar un análisis abstracto de la facultad cuestionada.

También fue declarada improcedente la excitativa de justicia presentada por el presidente del TEEH, debido a que la emisión de la propia sentencia resolvió procesalmente la controversia.

CONGRESO CONSERVA FACULTAD

Al no existir una sentencia de fondo que invalidara las disposiciones cuestionadas, permanecen vigentes los artículos de la Constitución de Hidalgo y de las leyes orgánicas del Congreso y del TEEH que otorgan al Legislativo la facultad de designar al titular del Órgano Interno de Control.

La resolución establece además que el TEEH no puede nombrar directamente a su contralor, pues actualmente no tiene esa atribución prevista en la legislación ni existe una sentencia que lo autorice.

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